Trabajo en un parque nacional natural en Colombia, dentro del cual coexisten predios privados.
Uno de los propietarios ha instalado un reten a la entrada de uno de los sectores del parque y cobra por la entrada de vehiculos y personas , quienes no tienen otra via de acceso que esta para llegar a las playas (las cuales en nuestra legislacion son de uso publico las playas). Este dinero no se revirte al estado. El propietario argumenta que el peaje se ubica en su terreno y puede cobrar.
Quisiera saber si funciona aqui el concepto de servidumbre de paso obligatoria a favor del estado o de los particualres que pueda hacer retirar el peaje.