Una persona me debe dinero que está documentada con pagarés que se encuentran vencidos. Me propone firmar un convenio de reconocimiento de adeudo y promesa de pago con el producto de una demanda laboral que tiene ganada y se encuentra en proceso de remate el bien embargado. El deudor no tiene ninguna propiedad ¿Me conviene firmar el convenio ó es mejor demandar los pagarés? ¿Si lo firmo, pierden autonomía los pagarés? ¿Puedo demandar por la vía penal?