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H-3160
01/04/03
17:00:00
Miguel F. Garcia

sindicato

El artículo 364 de la Ley Federal del Trabajo, habla de que para formar un sindicato se puede tomar en consideración aquellos cuya relación de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del periodo comprendido entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Mi duda es ?ya autorizado el sindicato que pasa con estos extrabajadores, pueden pertenecer al sindicato por un tiempo indeterminado aunque no trabajen para la empresa?


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