Hace 5 años en una Sala de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Monterrey, N. L. se resolvió en contra del patrón demandado y se gravó en segundo lugar la propiedad de éste. Transcurrido todo este tiempo sin que se haya ejecutado la sentencia ¿procede solicitar la prescripción o caducidad dela ejecución y solicitar la cancelación del gravamen? Gracias por su atención.