La empresa se fucionó con otra empresa, y en nuestro contrato anterior se estipulaba 20 días de vacaciones, ahora nos quieren liquidar 5 días para dejarnos solamente 15 días, y de acuerdo al artículo 33 de nuestra Ley Laboral "Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones ..." por lo que condidero que no es posible quitar los 5 días.
Por otro lado, se pretende liquidar de forma monetaria los 5 días.
¿Es posible lo anterior y como debería liquidarse los 5 días conforme a derecho, si es que existe la forma de liquidación?
Gracias por todos sus comentarios y ayuda.