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NC-132
29/04/20
08:46:07

NR-cele

Alimentos

Tengo dos años de casado y una hija de 9 meses, mi esposa y yo nos llevamos bien, ella tiene una hija de una relación anterior, y la niña y yo no nos llevamos bien, mi esposa trabajaba pero el embarazo de nuestra hija se puso muy delicada y decidimos que dejara de trabajar hasta que la bebe fuera un poco mayor, debido a esta situación de contingencia ella no pudo entrar a trabajar, vivíamos en casa de su mamá, pero por problemas tuvimos que salir, rentamos un departamento hace una semana, pero tuvimos una discusión porque ella tomó dinero para comprarle a su hija unas hojas y yo le reclame, discutimos y yo le pedí el divorcio, ella me dijo que si, me dijo que se iría con las niñas y yo le dije que se fuera con su hija, pero que a mi niña me la dejara, ella me dijo que no le podía quitar a mi hija, yo tengo un tío que es buen abogado y salí a buscarlo para consultarlo y cuando regrese ella se había ido con las niñas, no vino en toda la noche, yo no la busque, al otro día no volvió y seguí sin buscarla, hasta en la noche me envió un mensaje y dijo que iría a la mañana siguiente por su ropa, no respondí su mensaje, al otro día me llamo y quedó en ir por su ropa, le mande la llave con mi tía, regrese unas horas después al departamento y ella estaba ahí aún, pregunto si podíamos hablar y le dije que no, y mi tía le impidió el paso para que me alcanzara y yo corrí para salir a la calle, el caso es que le llame a su mamá y le pregunté si mi hija necesitaba algo, y ella me dijo que no. Desde ese día no he hablado con mi esposa, tengo 4 días, ya que mi familia dice que no lo haga y que no busque ni a la niña porque ella sólo quiere chantajearme y me aconsejan tampoco dar dinero, porque no sabemos ella en qué lo usará además de que mi hija se amamanta y usa pañales de tela, así que el dinero sería para ella y la otra hija y también para que aprenda a hacer berrinches, mi tío dice que si podemos quitarle a la niña, porque ella no trabaja y no tiene como sostenerse, pero quiero confirmar esto. Gracias.


  • RC132-2
    04/05/20
    16:17:28

    a lo que comentas, tu hijo es menor al 1 de nacida, ya que refieres que usa pañales y se amamanta de la mama, por lo cual te puedo comentar que es casi imposible que puedas separar a tu hija de su madre tomando en cuenta su edad, por otra parte dejar de darle para su alimentos para tu menor hija, te arriesgas a que te demande por pensión alimenticia o pero aun te quite la patria potestad de tu menor por abonando, lo cual ya debió decirte tu tío el abogado que es muy fregon, pero te recuerdo que las leyes estan escritas y ningún abogado puede cambiarlas, por lop cual yo te sugiero empezar a deposita una pensión alimenticia y posteriormente un juicio de convivencia y posesión interina de menores para que puedas ver y convivir con tu menor hija.

  • RC132-1
    02/05/20
    14:56:39

    Época Décima Época
    Registro 2014369
    Instancia Tribunales Colegiados de Circuito
    Tipo de Tesis Aislada
    Fuente Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
    Libro 42, Mayo de 2017, Tomo III
    Materias Constitucional, Civil
    Tesis I.3o.C.276 C 10a.
    Página 1930

    GUARDA Y CUSTODIA PROVISIONAL DE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE. ATENTO AL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE GÉNERO SI SE ACREDITA QUE EL NIÑO HA ESTADO BAJO EL CUIDADO DE SU PADRE Y LA MADRE NO HA DEMOSTRADO INTERÉS PARA ASISTIR A RECOGERLO Y DESARROLLAR LAS CONVIVENCIAS DECRETADAS, ES JURÍDICAMENTE VÁLIDO QUE AQUÉL LA OBTENGA.

    La tendencia actual es llegar a la igualdad de género, transformando los roles que, anteriormente, a cada parte le pertenecía dentro del núcleo familiar, consistentes en que la mujer debía dedicarse tanto a la procreación, como al cuidado de los hijos y del hogar mientras que el hombre debía ocuparse de garantizar la satisfacción de las necesidades económicas de su familia y su subsistencia por tanto, la mujer debía encargarse del ámbito doméstico y el hombre mantener el vínculo del sistema familiar con el exterior. Sin embargo, cuando el padre es quien se encarga del cuidado del niño, niña o adolescente, y la madre trabaja en el mercado laboral, al advertirse un cambio de roles de género, para proteger la estabilidad emocional de los menores de edad, es dable que el padre obtenga la guarda y custodia provisional del niño, niña o adolescente cuando lo tenga bajo su cuidado y realice trabajo doméstico, siendo ésa su aportación al hogar, pues el artículo 941 Ter del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México establece que el Juez familiar antes de regular el derecho de convivencia de manera provisional, deberá tomar en cuenta todos los elementos que estén a su alcance para decidir bajo el principio del interés superior de la infancia. De lo que se deduce que, atento al principio de igualdad de género, si el niño, niña o adolescente ha estado bajo el cuidado de su padre, en tanto que la madre, además, no ha demostrado interés, al no asistir a recogerlo para desarrollar las convivencias decretadas, es jurídicamente válido que el padre obtenga la guarda y custodia provisionalmente.

    TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

    Amparo en revisión 1162016. 15 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente Paula María García Villegas Sánchez Cordero. Secretaria María Alejandra Suárez Morales.

    Esta tesis se publicó el viernes 26 de mayo de 2017 a las 1031 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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