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NC-118
21/03/20
09:54:36

NR-Btow

Caso práctico ayuda

En la ciudad de Tlaxcala, el día 12 de enero de 2019, la persona moral denominada BIENES PARA TU FUTURO, S.A DE C.V., en su calidad de vendedora, celebró contrato de compraventa con PEDRO MENDEZ PEREZ, como comprador, respecto del inmueble ubicado en Calle de los Morales número 12, de la misma ciudad, estableciendo como pago la suma de 1,800,000.00, mismo que sería cubierto por el comprador dentro de los 5 días siguientes a la suscripción del citado contrato.

Con fecha 15 de enero de 2019, el comprador PEDRO MENDEZ PEREZ, expidió en la ciudad de Puebla, Puebla, el cheque número 00056 de la institución Bancaria Banorte a favor de la vendedora, por la cantidad antes mencionada, el cual fue depositado por ésta el día 16 de enero de ese mismo año a la cuenta número 34958760 del Banco BBVA BANCOMER, de la cual es titular la persona moral mencionada, mismo que no pudo ser cobrado ante la insuficiencia de fondos.

El día 11 de marzo de 2020, la vendedora inicia juicio en contra del demandado para obtener el pago del adeudo.

En base a lo anterior, responda a las siguientes preguntas, debiendo exponer los argumentos que justifiquen su respuesta, así como los fundamentos legales aplicables al caso.

1.- ¿Que acción podrá ejercitar la vendedora y en qué vía, para obtener el pago del adeudo?

2.- ¿Qué órgano jurisdiccional será el competente en razón a la materia para conocer de dicho juicio?

3.- Atendiendo a la forma de tramitación, ¿Qué juzgado es competente, es decir, el tradicional o el de oralidad?

4.- Menciona qué excepciones procesales podría oponer el demandado? En caso afirmativo, fundaméntela y motívela.


  • RC118-1
    23/03/20
    12:23:02

    supongo que esta es una tarea de tu escuela, el planteamiento me parece insuficiente para una consulta adecuada, pero de todos modos podrías respecto a las preguntas

    1.- ¿Que acción podrá ejercitar la vendedora y en qué vía, para obtener el pago del adeudo?
    En cuanto al contrato exigir el cumplimiento o solicitar la rescisión.
    En cuanto al cheque pueden ejercer una acción ejecutiva mercantil o oral mercantil.

    2.- ¿Qué órgano jurisdiccional será el competente en razón a la materia para conocer de dicho juicio?
    En cuanto al cheque la jurisdicción es mixta en cuanto el contrato la jurisdicción es solo local.


    3.- Atendiendo a la forma de tramitación, ¿Qué juzgado es competente, es decir, el tradicional o el de oralidad?

    Muy mala pregunta... pero por el monto, revisa la publicación de económica respecto a la actualización... podría ser oral.

    4.- Menciona qué excepciones procesales podría oponer el demandado? En caso afirmativo, fundaméntela y motívela.

    Ninguna

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