General
Comun
Penal
Administrativo
Civil
Laboral
Tareas
Formatos
Editorial
Directorio
Moneda de Plata
MexicoLegal

Contacta a los mejores abogados

Videos

Cargando...

Publicidad

E-126
22/02/21
10:12:30

Entre líneas..... sub judice.....

En el NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL, es para todos un cambio en los ejes de justicia y quisiera comentar sobre uno de ellos la CONCILIACION PREJUDICIAL, como un medio para resolver las controversias entre el trabajador y el patrón , esto como una etapa obligatoria procedimental, donde una demanda debe ser dirimida en esta primera instancia, buscando los principios de buena fe, veracidad, inmediatez y proporcionalidad.

El reto será ahora, en lugar de pelear, actuar arbitrariamente y lapidar los asuntos, buscar una justa salida al conflicto con el propósito de que ambos actores lleguen a buenos términos y no se judicialicé la controversia, obtener la documental positiva propia que deja evidencia de haber cumplido con una labor de conciliador y no de busca pleitos.

Y cuando esto no se de, en consecuencia litigar el asunto ante el tribunal laboral, cumpliendo con el debido proceso y oralidad que procede, y cuyas características son

1.- Lo que se haya mencionado, propuesto en la etapa de conciliación, no se podrá utilizar en el juicio.

2.- El conciliador no podrá ser llamado a juicio.

3.- Si en la etapa de conciliación se da un convenio el asunto se da por cosa juzgada.

4.- Si en la etapa de conciliación no se da un convenio el asunto se cumplimenta para juicio.

5.- Se tendrán un total de 60 días hábiles para concluir el asunto 15 días en la Conciliación Prejudicial y 45 días en el Juicio Laboral.

Así que a prepararse por que en ambas etapas del proceso se necesitaran asesores jurídicos altamente calificados.