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C-65
11/04/20
13:18:21

asesoria

me case solo por la iglesia, nada por lo civil hace poco mas de 5 años, pero me separe de ella a los 2 años y medio, en ese entonces terminamos en buenos terminos, pero yo despues tuve una relacion de la cual actualmente continuo y tengo un fruto hijo, pero mi expareja no le gusto eso y las cosas ahora estan mal...en ese entonces adquiri una casa por medio de infonavit en la cual ella vive y se quedo diciendome que queria juntar sus puntos de infonavit para sacar su propia casa pero ahora ella no se quiere salir y se llevo a su mama, yo vivo en otro domicilio y en otra ciudad pagando renta pero necesito mi inmueble porque a veces no me alcanza bien por tener el descuento via nomina de infonavit y pagar renta, mi pregunta es que derechos tiene ella si llevamos tiempo separados mas de tres años y si puedo recuperar mi casa por medio de acciòn legal.


  • RC65-1
    12/04/20
    21:02:59

    El matrimonio religiosa no genera un matrimonio civil.
    Sobre derechos y obligaciones: Sólo en la Ciudad de México, el artículo 291 Bis considera que los concubinos tienen derechos y obligaciones recíprocos; siempre que hayan decidido vivir sin casarse, en un período mínimo de 2 años.
    Al terminar un concubinato: El artículo 291 Quintus del Código de la CDMX considera que al terminar el concubinato, el concubino sin bienes inmuebles o ingresos económicos para sustentarse así mismo, tiene derecho a una retribución durante el tiempo que duró el concubinato.
    Por ejemplo, el concubino con ingresos tiene la obligación de seguir pagando la renta de la casa que habitaban, aunque ya no viva en ella. Pero ¡Ojo! sólo por el mismo período de tiempo que hayan convivido: si vivieron 2 años debe pagar 2 años. Siempre y cuando, el concubino sin ingresos no tenga una nueva relación.
    Si terminas la relación, reclama de inmediato este derecho. Si no lo haces y pasa un año, el beneficio se pierde.

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