me quedo una duda con la consulta c-246 el titular de una marca registrada al conceder una licencia de uso de la marca a una razón social ,esta razón social NO puede expedir una garantía atribuyéndole la responsabilidad a la marca de garantizar el articulo y no hacer mención de esa razón social ni hacerse responsable en la póliza. O puede hacerlo.
que no es la razón social que comercializa un articulo la que debe figurar como responsable en una póliza y no el titular de la marca registrada porque no se le puede reclamar el incumplimiento de la garantIa a esa razón social que comercializa los artículos de la marca porque no figura en la póliza y ante la profeco se le notifico en el domicilio del titular de la marca y se presento la razón social que comercializa los artículos de la marca pero no se estableció que se presentaba el apoderado de esa razón social , solo que se presento el apoderado de la marca registrada , si demando el incumpliento de la garantia en juzgados a esa razón social puede argumentar la falta legitimación pasiva porque en la póliza de garantía no figura, ni en el acta que se levanto en profeco tengo que demandar al titular de la marca registrada. AGRADECIENDO DE ANTEMANO SUS ATENCIONES.
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