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C-529
03/11/22
17:47:48

injusticia civil y penal, siendo perseguida

buenas tardes
hace 10 años sufri un accidente vial, el cual me dejo lesión permanente. En el momento de dicha situación, al conductor lo llevaron al MP y posterior levante una demanda civil auxiliada por abogados de la delegación territorial. En el MP se realizaron las averiguaciones y después me daban largas para dar seguimiento a mi asunto el el tribunal, juzgado, se realizaron audiencias, se dio una sentencia, apelación y amparo, los cuales según perdí. dichos abogados lo único que me dijeron es perdiste y no te vuelvas a aparecer por el juzgado, pues la jueza se vendió sin embargo, fui a preguntar mi situación, y me atendió la juez, quien me dijo que mis abogados eran triquiñuelas y que perdí y que debía 400,000 pesos, a lo cual dije que no entendía porque si yo fui la victima y que no tengo dinero. no volví a pararme por ahí. pero, cada dos años se ha seguido moviendo el expediente, con la leyenda "un acuerdo en expedientillo". pero este año, los acuerdo fueron cada mes y después cada semana, y decían expedientillo, el último que vi ya decía un acuerdo en expediente. después de abril no he podido saber si se mueve o no, ya que al gobierno se le ocurrio cobrar por ver información del boletín judicial.
Ante esto no sé qué hacer?
no sé si voy a ser perseguida por esta deuda de por vida?
ya que al parecer quienes mueven el expediente mañosamente no deja que muera dicha situación, ellos tienen derecho a hacer esto de por vida?
no se vale que yo siendo la victima y habiéndome quedado con las lesiones tenga que pagar y que estos abogados sean liberados de todo y no hallan hecho correctamente las cosas, se podría hacer algo ante esto?
la contra parte podría despojarme mi salario yo si quiero hacerme de algún bien?
si fuese si podría evitar esto?
una sentencia se puede nulificar?
hay alguna forma de liberarse de esta situación?

agradecería mucho me pudiesen informar y orientar por favor

Mariana


  • RC529-1
    04/11/22
    10:19:17

    Lo que Usted expone tiene ciertas lagunas que será necesario abordar a partir de un conocimiento más detallado de los hechos. permítame explicarme:

    La oportunidad para ejecutar la sentencia, salvo mejor opinión de otros colegas, prescribe en diez años en CDMX de acuerdo al siguiente artículo de su Código Civil:

    ARTICULO 1159.- Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años, contado desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento.

    Esto nos dá cierta tranquilidad, sin embargo, también menciona que ha habido ciertos acuerdos, de los que no conoce su contenido, no puedo decirle en este momento si dichos acuerdos interrumpieron la prescripción conforme al siguiente artículo, porque no sabemos si fueron legalmente notificados (Y no le conviene ahora acercarse a darse por notificada ya que podría consentir conforme a la disposición que enseguida cito):

    ARTICULO 1168.- La prescripción se interrumpe:
    I.- Si el poseedor es privado de la posesión de la cosa o del goce del derecho por más de un año;
    II.- Por demanda u otro cualquier género de interpelación judicial notificada al poseedor o al deudor en su caso;
    Se considerará la prescripción como no interrumpida por la interpelación judicial, si el actor desistiese de ella, o fuese desestimada su demanda;
    III.- Porque la persona a cuyo favor corre la prescripción reconozca expresamente, de palabra o por escrito, o tácitamente por hechos indudables, el derecho de la persona contra quien prescribe.
    Empezará a contarse el nuevo término de la prescripción en caso de reconocimiento de las obligaciones, desde el día en que se haga; si se renueva el documento, desde la fecha del nuevo título y si se hubiere prorrogado el plazo del cumplimiento de la obligación, desde que éste hubiere vencido.

    Con lo anterior en mente, es muy probable que Usted ya haya prescrito esa deuda –asumiendo que la deuda existe– debido a que, conforme al artículo 114, fracciones II y V, la notificación debió ser personal. Ni no lo fue, o fue amañada, eso abre un gran abanico de posibilidades de defensa.




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