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G-356
22/06/21
10:40:17

¿Porqué en Tiendas Neto Se Permite el Volumen Muy Alto?

mi duda tiene que ver con los pasos que se pueden seguir para solucionar un problema de contaminación auditiva.
Se trata de que en una tienda Neto de la localidad, ponen música a alto volumen arguyendo que es para que llame la atención de los clientes. Y en parte es creíble pues todas las tiendas tienen una bocina para eso.
Sin embargo, el ruido que generan causa molestias e impide realizar tareas cotidianas de forma normal.
¿Cuáles serían los pasos que pudiera seguir para poder solucionar este problema, ya que a pesar de que se les dice a los encargados, aún así siguen poniendo música a alto volumen?


  • RG356-1
    22/06/21
    18:13:11

    En la Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro dice:

    Artículo 152. Quedan prohibidas las emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica, que rebasen los límites máximos permisibles, contenidos en las normas oficiales mexicanas y normatividad ambiental que para ese efecto se expidan. La Secretaria y los gobiernos municipales, adoptarán las medidas para impedir que se transgredan dichos límites y, en su caso, aplicarán las sanciones correspondientes. (Ref. P. O. No. 59, 5-X-12)

    En la construcción o instalación que generen energía térmica, ruido o vibraciones, así como en la operación o funcionamiento de las existentes, deberán llevarse a cabo acciones preventivas y correctivas para evitar los efectos nocivos de tales contaminantes.
    En obras o actividades que produzcan emisiones térmicas lumínicas, ruidos o vibraciones y que se realicen dentro de las áreas naturales protegidas se cuidará que no afecten, perturben o contaminen a la fauna silvestre y ecosistemas. (Ref. P. O. No. 59, 5-X-12)
    Cualquier actividad no cotidiana que se realice en los centros de población cuyas emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica, rebasen o puedan rebasar los límites máximos establecidos por las normas técnicas ambientales estatales, requiere permiso de autoridad municipal competente. (Adición P. O. No. 59, 5-X-12)

    Acuda a la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano:

    (442) 215 7660
    Prol. Corregidora Sur #25 Int. 101 Querétaro, Qro C.P 76000
    8:30 – 16:00 (Lunes – Viernes)
    pepmadu@queretaro.gob.mx

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