General
Comun
Penal
Administrativo
Civil
Laboral
Tareas
Formatos
Editorial
Directorio
Moneda de Plata
MexicoLegal

Contacta a los mejores abogados

Videos

Cargando...

Publicidad

A-177
04/01/23
21:40:20

Desaparecio mi cuenta predial

Hola, intenté pagar el predial de la casa de mis padres fallecidos actualmente deshabitada, pero el sistema OVICA de la CDMX me indicó que no hay adeudos y no me generó la linea de captura. De modo que intenté descargar la boleta predial del sistema "SIN PAPEL" y el sistema me indica que "No hay boletas para esa cuenta", luego entré a httpsdata.finanzas.cdmx.gob.mxformatolccertificacion para intentar obtener un certificado del pago de predial de 2023 asumí que alguien más lo pagó y me encuentro con la sorpresa de que el sistema me dice que esa cuenta predial NO EXISTE EN EL PADRÓN
Cual puede ser el problema??
La casa la visito ocasionalmente y tengo instalada una camara web para vigilar la casa, y nadie la ha invadido, que me recomiendan en este caso?


  • RA177-3
    06/01/23
    18:50:59

    Si caduco la Instancia, puede promover su Abogado Familiar, otro juicio;
    en este sentido, si cuenta con el Testamento pres entelo ante notario
    o ante el juez familiar y si no hay testamento, efectué la denuncia AB intestado

    Fundamento legal:

    Código de Procedimientos Civiles Ciudad de México
    Artículo 137 bis.
    Operará de pleno derecho la caducidad de la primera instancia cualquiera que sea el estado del juicio desde el primer auto que se dicte en el mismo hasta antes de que concluya la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia, si transcurridos ciento veinte días hábiles contados a partir de la notificación de la última determinación judicial no hubiere promoción que tienda a impulsar el procedimiento de cualquiera de las partes.

    Los efectos y formas de su declaración se sujetarán a las siguientes normas:

    I. La caducidad de la instancia es de orden público, irrenunciable, y no puede ser materia de convenios entre las partes. El juez la declarará de oficio o a petición de cualquiera de las partes, cuando concurran las circunstancias a que se refiere el presente artículo.

    II. La caducidad extingue el proceso, pero no la acción; en consecuencia se puede iniciar un nuevo juicio, sin perjuicio de lo dispuesto en la fracción V de este artículo.

  • RA177-2
    06/01/23
    18:49:19

    Si caduco la Instancia, puede promover su Abogado Familiar, otro juicio;
    en este sentido, si cuenta con el Testamento pres entelo ante notario
    o ante el juez familiar y si no hay testamento, efectué la denuncia AB intestado

  • RA177-1
    04/01/23
    21:46:36

    La casa estaba en juicio de sucesión desde 2014 que falleció mi Madre, la mitad era de mi padre y la otra mitad se repartiria entre mi hermano y yo, pero el juicio se alargó y luego mi hermano falleció en diciembre de 2018, el juicio se suspendió hasta que se nombrara albacea en la sucesión de mi hermano, pero el juicio nunca pudo iniciarse, mi padre falleció antes de la primer audiencia y luego se vino la pandemia y se cerraron los juzgados. Mi hermano dejó testamento nombrando como heredera de su parte a su novia.
    El juicio de sucesión original (el de 2014) ya lo mandaron a archivos por inactividad.

Consultas Similares

    RECA

    Hola buenas noches Estoy solicitando asesoría para un problema que tengo en buro de crédito. Hace ...

    Ver Consulta
    multa predial

    quiero impugnar multas por pago de predial del estado de veracruz

    Ver Consulta
    Predial

    Tengo un predio en el municipio de Cuautlancigo Puebla he pagado el predial puntualmente año con a...

    Ver Consulta
    Herencia Fidecomiso

    Hola Tengo una duda sobre un fidecomiso. Hace mucho tiempo mi papa puso dos lotes en un Fedec...

    Ver Consulta
    Terreno en Fideicomiso

    hola, buenas tardes, mi situación es la siguiente En resumen, en 2003 compramos un terreno a una...

    Ver Consulta
Cargando...

Publicidad