Buenas tardes
Vivo en un predio desde 1990 del cual nunca he tenido escritura a mi nombre, debido a esto mi expareja trató de sacarme con un juicio de tipo reinvindicatorio el cual perdió en 1998, por lo cual yo seguí habitando el predio, pero resulta que en el año 2012 fui al registro público de la propiedad y me enteré que el predio tenía un anotación de embargo, para lograr esto, investigando con algunos familiares, me enteré que para recuperar el terreno, mi expareja previamente vendió el terreno con otra persona y el nuevo dueño simuló un préstamo el cual no pagó y dejó la escritura del terreno en garantía por lo cual fue embargado.
A raíz de esto en el año 2013 yo inicié un juicio de prescripción positiva para la adjudicación del predio, en el 2016 me dictaron sentencia pero no fue a mi favor, y recurrí a la apelación pero previamente me notificaron que tenía que pagar unos edictos, lo cuales ya no pagué, porque el abogado que llevaba mi asuntó falleció, y recurrí con la defensora de oficio y me sugirió que ya no los pagará, porque ella veía muy difícil que yo ganara en la apelación, así que ya no pagué y lo dejé así, y que podía estar así de manera indefinida, esto con el fin de que yo tuviera más tiempo para buscar otro lugar a donde irme a vivir.
Lo que hizo la abogada fue dar de alta mi domicilio actual para que se me notificara cualquier aviso de mi juicio de prescripción.
A la fecha año 2020, no me han notificado nada, ni de me juicio de prescripción y tampoco me ha llegado nada del juicio ejecutivo mercantil para que yo desaloje.
Mis preguntas son las siguientes
¿Del juicio ejecutivo mercantil que se inició en el año 2012 todavía tiene vigencia? ¿Por qué no me ha llegado nada para desalojar? ¿O pudieron haber iniciado otro juicio para sacarme del que todavía no me haya enterado?
RC82-4
31/01/20
19:01:39
Lo que no menciona, es en que fecha aparece en el Registro público de la Propiedad, el registro de la venta y si ese terreno, estaba a nombre de sus esposa, para tener una idea más completa
Concuerdo con mi colega Marcomi Vi, solo puedo agregar que, se debe realizar un análisis del estado actual del crédito y del embargo, así como los términos en los que fue dictada la sentencia del juicio reivindicatorio y la compraventa que se realizó respecto del inmueble de su posesión, para poder determinar si es procedente alguna acción legal para regularizar su posesión sobre el inmueble en cuestión.
Atendiendo sus preguntas, a la primera, un juicio ejecutivo mercantil tiene "vigencia" de 120 días hábiles si no se impulsa hasta llegar a una sentencia, una vez dictada la misma es de 3 años para ejecutar la sentencia, si no, prescribe, por lo que lo más probable es que ese juicio ya este prescrito.
A la segunda, si no te ha llegado nada es muy probable que sea por lo anterior.
A la tercera, usted ostenta una posesión, legal o ilegal, al fin de cuentas es una posesión, para que alguien inicie un procedimiento en su contra para ver quién tiene un mejor derecho de poseer o de propiedad, tendrá que iniciar un juicio en su contra y como todo juicio, debe ser notificado o llamado a juicio emplazado de lo contrario le estarían vulnerando una garantía individual.
Terreno, embargo y prescripción.
Saludos y buenas tardes.
Siguiendo el orden de ideas, es claro que esta propiedad, en su caso nuca fue suya y ahora menos, a parte de las irregularidades en la enajenación del bien y las actuaciones comerciales, dejan entrever la forma ilegal en que se llevo este caso, si bien no le han fincado un orden de desalojo lo cual puede ocurrir en cualquier momento, si se puede colocar en una posesión difícil si se promueve algún otro juicio.
Así que lo conveniente es que se cambié de domicilio para evitar algún problema más grave, ya que según sus dichos la propiedad ya es de la institución financiera.