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C-55
12/09/20
16:45:03

Cálculo de Finiquito

Buenas noches a todos,

Me gustaría recibir orientación sobre el cálculo de mi finiquito, lo recibiré la siguiente semana, por lo que, quisiera conocer el monto aproximado.

Proporcionaré los siguientes datos, espero alguien pueda apoyarme.

Fecha de Ingreso 01082018
Fecha de baja 22072020
Tipo Renuncia voluntaria
Sueldo mensual 6,000.00 pesos
Aguinaldo 15 días
Vacaciones 6 días por año
Prima vacacional 25

Notas
Tuve una incapacidad de 5 meses por accidente en trayecto de trabajo de Ago2019 a Ene2020.
Me deben vacaciones y utilidades del año 2019.

Agradezco su atención.


  • RL55-4
    25/09/20
    22:47:34

    Muchas gracias a los dos por sus respuestas. Desafortunadamente la entrega de mi finiquito fue antes de estas, sin embargo, investigué en Internet y realicé el cálculo aproximado, yo obtuve el siguiente resultado, así mismo, incluyo los enlaces que tomé como fuente.

    Salario diario: $200
    Años trabajados: 1
    Días de vacaciones: 6
    Vacaciones: $667.38 ---> ((6/365)*203)*200
    Prima vacacional: $166.84 ---> (vacaciones*25%)
    Aguinaldo: $1,668.49 ---> ((15/365)*203)*200
    Total: $2,502.73

    Vacaciones 2019: $1,200
    Días pendientes: $400

    Total: $4,102

    Nota: Días trabajados año actual: 203 (según los cálculos, sin embargo fueron menos, ya que hubo un tiempo que nos daban días solidarios a causa de la pandemia, por tal motivo consideré que serían $3,500 de finiquito aproximadamente).

    1. https://www.nominapro.mx/blog/calcular-finiquito/
    2. https://salariominimo.com.mx/calculo-de-finiquito/

  • RL55-3
    25/09/20
    14:25:20

    Estimados Rennatha y Leopoldo con el ánimo de puntualizar su consulta les comento lo siguiente:

    Si bien es cierto que el Lic. Leopoldo calcula la proporción de las VACACIONES correspondientes al PERIODO 2019-2020. Rennatha nos MENCIONA QUE SE DEBEN VACACIONES DE 2019, es decir su servidor consideró que se refiere a los 6 días del periodo 2018-2019, periodo que por cierto el Lic. Leopoldo NO CONSIDERA y es por eso parte de la discrepancia en el cálculo.

    Dicho esto, le sugeriría a Rennatha considere cuales fueron realmente las vacaciones a consulta y de ahí considerar el cálculo que debe de corresponder.

    También me gustaría mencionar que para el cálculo DE LAS PRESTACIONES PROPORCIONALES, deberemos de considerar que hablamos de años de 365 días, por lo que las prestaciones se DIVIDIRÁN entre 365 y se MULTIPLICARAN POR LOS DÍAS TRABAJADOS y no hacer una simple división de meses, de ahí las pequeñas diferencias en calculo que determinamos.

    Lic. Leopoldo no podemos decir (Dicho sea respetuosamente) cuando previo menciona la palabra TODOLOGOS.

    Le recuerdo que el fin de este FORO es de dar una opinión y dicho sea CON TODO RESPETO, no solo los expertos Laboristas saben cómo calcular un FINIQUITO, creo que los CONTADORES también estamos capacitados para dar esta opinión.

    Les envío un cordial saludo

  • RL55-2
    22/09/20
    19:57:55

    Renata. Buenas tardes-Noches. Respecto a su pregunta le comentaré que: Con todo respeto a la respuesta que me antecede y sin llegar a causar molestias. Le comento que su: Salario Mensual es de $6000.00. Entonces usted recibe como pago diario $200.00. Ahora bien a usted le corresponden OCHO DÍAS de VACACIONES que nos daría como resultado de pago $1,600.00. Y como PAGO de la PRIMA VACACIONAL 25% nos darían $400.00. Como pago de AGUINALDO DE QUINCE DÍAS, por mes corresponde a 1.25 días en consecuencia que al multiplicar por siete (que es el mes de julio) 8.75 días, vamos a cerrarlo en 9 días por $200.00, para que sea más claro. Entonces resultarían $1,800.00. Sumando todo nos dan como resultado $3,800.00. Ahora también (si lo hay) faltaría sumar salarios que le adeuden. MI RECOMENDACIÓN siempres a sido NO RENUNCIAR ya que un FINIQUITO es mucho menor que una LIQUIDACIÓN, primeramente deben de tomar asesoría legal, pero con un abogado especialista en la materia laboral, no con TODOLOGOS. (Dicho sea Respetuosamente). Bueno le deseo mucha pero mucha suerte. Recuerde siempre que: "Lo que no es derecho es chipotudo" Reciba cordiales saludos de su amigo Lic. Leopoldo

  • RL55-1
    14/09/20
    15:40:35

    Estimada Rennatha

    Considerando que es una RENUNCIA VOLUNTARIA y que procederá únicamente al FINIQUITO correspondiente, te comento que solamente recibirás las proporciones de las prestaciones anuales, así como las vacaciones pendientes de goce.

    El cálculo es considerando la fecha de inicio, fecha de baja, sueldos, vacaciones pendientes y prestaciones que usted indica.

    En Resumen:
    Por concepto de aguinaldo $1,655.00 en base al art. 87 de la LFT.
    Vacaciones por el periodo ago19-jul20 $2,724.00 en base al art. 76 de la LFT.
    Prima vacacional $681.00 en base al art. 80 de la LFT.

    Total $5,060

    No puedo incluirte el reparto de utilidades, ya que este cálculo es en base a la utilidad que genero la empresa a la que trabajas.

    Espero que este cálculo te sea de utilidad.

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